
Prólogo
Hace
bastante más de una década que nos conocimos con el
Escribano Horacio Colman Lerner. Nos hemos visto esporádicamente
desde entonces. Sin embargo, algo nos une: un interés y una
óptica diversa y polémica sobre el mejor modo de encuadrar
jurídicamente a los Clubes de Campo.
Hoy tengo la alegría de presentar esta realización
de Horacio Colman Lerner, fruto de una inquebrantable dedicación
al arduo tema.
El autor ha realizado una tarea de exploración de la realidad
que se distingue en forma nítida de lo acostumbrado, dado
que no se configura como mera transcripción de lo que puede
encontrarse en otros autores con más alguna anotación
personal, sino como verdadera investigación de lo que ocurre
en la faz práctica de la gestión jurídica y
notarial de las figuras -que contempla en todas sus variantes- de
los Country Clubs y Barrios Cerrados, todavía no adecuadamente
incorporadas a nuestro sistema normativo.
Hasta el momento los institutos han sido poco trabajados y Colman
Lerner sabe que su tratamiento trae muchas dificultades, no sólo
desde el ángulo teórico según la concepción
doctrinaria, sino -y muy especialmente- en la práctica.
En consecuencia de ello y a los fines de ponderar la obra, ha de
computarse su efecto sobre la realidad, y éste es positivo.
Sabe el autor más que ninguno qué es lo que está
ocurriendo en el ámbito de los Clubes de Campo y obtiene
sus datos de un cercano examen de los hechos. Pese a discrepar con
él en determinados aspectos jurídicos, especialmente
en cuanto al modo de constitución y posible contenido de
las servidumbres prediales, entiendo que el autor ha llegado a sus
conclusiones tras ensayar diversas posibilidades y estudiar concienzudamente
el enfoque legal y la escasa bibliografía existente. Su instrumento
de trabajo es la experiencia que indudablemente hay que reconocer
a Colman Lerner en el tema. Seguramente ha tomado nota de distintas
posibilidades y ha llegado a sus conclusiones tras larga reflexión.
Si luego de tantos años no ha modificado sino que ha ratificado
sus puntos de vista que ahora presenta en versión completa
en este libro, debemos dar la enhorabuena por su tesón. La
realidad se impone a la teoría.
El texto conjuga aspectos urbanísticos, sociales y jurídicos.
Incluye después de cada capítulo las disposiciones
legales pertinentes al punto tratado, lo cual permite que el lector
que no las conoce, las pueda repasar detenidamente.
El planteo y el lenguaje son llanos y el autor ha logrado su objetivo
de difundir amplia e integralmente las ideas que en forma sostenida
ha venido predicando de manera oral y escrita. Revisa el régimen
legal vigente y los proyectos de reforma con visión crítica
y la sugerencia de algunas soluciones posibles a los conflictos
que se presentan. Sus deducciones son equitativas y constituyen
sustentada opinión personal. En su análisis, intenta
dar con un punto de armonía en medio de los intereses involucrados,
con consideración especial cuando está comprometido
el orden público o el sistema constitucional.
Se trata de una obra pragmática, guiada por la honda preocupación
de encontrar respuestas para los problemas de las personas de carne
y hueso, que es para quienes se debe el derecho. En definitiva,
es un libro original, diferente e imaginativo. Colman Lerner es
un transgresor de las posturas clásicas y de la actitud profesoral.
El discurso es comprensible, la exposición rica y el asunto
complejo. Su propósito es divulgar la información
jurídica que debe tener cualquiera que ingrese a la comunidad
de un Club de Campo o Barrio Cerrado y el cometido se halla ampliamente
cumplido. De ahí que se trate de una contribución
para este tipo de literatura, incuestionablemente útil al
ciudadano. El lector, sea o no abogado, será quien juzgue
su valor.
Elena
I. Highton
La
Doctora Elena I. Highton es Profesora Titular Regular de Derecho
Civil IV (Reales), Profesora Titular Regular de Derecho Notarial
Registral Inmobiliario de la U.B.A. -Facultad de Derecho y Ciencias
Sociales- y Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en
lo Civil; goza de gran prestigio jurídico internacional.
|